Abogados Luis Bobadilla y Claudio Herrera:

Académicos de la Facultad de Derecho de la Usach aportan al debate sobre nueva Constitución

Los profesionales explican las diferentes opciones para plasmar una nueva Constitución en medio de las demandas sociales expresadas durante las últimas tres semanas. Ambos entregan sus opiniones sobre las ventajas y desventajas de cada uno de los procesos.
La Consitución establece "la forma en que se organiza un Estado, cuáles son sus funciones y sus límites, y delimita un catálogo de derechos fundamentales que protege al conjunto de los ciudadanos, además de un sistema de garantías para exigir su cumplimiento”, explicó el abogado Bobadilla.

Un frenético viraje en la agenda del Gobierno con respecto a los cambios constitucionales se ha registrado en los últimos días. Primero, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, anunció el sábado pasado en El Mercurio que estaban preparando un proyecto de cambios a la Carta Fundamental.

Al día siguiente, y luego de una larga reunión en su casa junto a los partidos de Chile Vamos, adelantó a través del Ministro del Interior, Gonzalo Blumel, que "acordamos iniciar el camino para avanzar hacia una nueva Constitución" por medio de un Congreso Constituyente, sin dar mayores detalles.

La noche del lunes, en cadena nacional y con un rating histórico, Piñera llamó a avanzar en un acuerdo para una nueva Constitución, “con un plebiscito ratificatorio”.

Todos estos sucesos han llevado a plantearse una serie de dudas entre los ciudadanos sobre el tema constitucional. Para el académico de la Facultad de Derecho de la U. de Santiago y abogado especialista en Derecho Constitucional, Luis Bobadilla, lo importante en esta discusión es dejar en claro que la Carta Fundamental es la norma que está por sobre todas las demás leyes y normas.

“Establece la forma en que se organiza un Estado, cuáles son sus funciones y sus límites, y delimita un catálogo de derechos fundamentales que protege al conjunto de los ciudadanos, además de un sistema de garantías para exigir su cumplimiento”, explicó.

En este sentido, Bobadilla destacó el concepto de supremacía constitucional. “Para que el ordenamiento jurídico goce de armonía, toda norma de inferior rango a la Constitución debe ajustarse a las reglas que esta establece”, aclaró.

Sobre el Tribunal Constitucional, el abogado definió que este órgano es el que dirime cuando las normas de inferior rango exceden o no los límites de la Constitución. Además, sobre el plebiscito, remarcó que hoy está establecido en la Carta Magna como un mecanismo para dirimir disputas entre el Congreso y Presidente de la República. “Para que sirviera como inicio o ratificación de un proceso constituyente se requiere una reforma, la que está actualmente en discusión en el Congreso”, destacó.

De todas maneras, el abogado Bobadilla sostuvo que “hoy no tenemos claro si el Gobierno plantea reformas a la Constitución o una completamente nueva, pues no se han detallado las reglas que se utilizarán”, dijo.

Acerca de las tres opciones para reformar la actual Constitución, el académico de nuestra Universidad diferenció entre las características de cada una de ellas. En el caso del Congreso Constituyente, aclaró que es precisamente el Congreso Nacional  como constituyente derivado quien asume la responsabilidad de crear una nueva Carta Fundamental.

A su juicio, se trata de personas que, se supone, tienen un conocimiento mayor de la Constitución, “porque trabajan todos los días legislando de acuerdo a esas normas. “Por lo anterior, en términos de tiempo, debería ser más eficiente y rápido, y debería existir un mayor control sobre su accionar, ya que deben rendir cuentas a quienes los eligieron”.
 
Sobre la Convención Constituyente, Bobadilla la define como una porción de los parlamentarios electos y un porcentaje de ciudadanos comunes y corrientes, electos especialmente para trabajar en este proceso, quienes se reúnen en una composición mixta.

“Implica mayor participación, porque ciudadanos comunes y corrientes de fuera del espectro político se suman, aunque de todas maneras, actores políticos podrían utilizar cupos de ciudadanos”, advirtió sobre este mecanismo que actualmente no está contemplado dentro del ordenamiento jurídico nacional, por lo que se requiere una reforma constitucional para validarlo.

Para el caso de la Asamblea Constituyente, el abogado Bobadilla destaca que esta “permite que una mayor cantidad de ciudadanos comunes y corrientes participen en la discusión del nuevo ordenamiento constitucional”.

También sostuvo que se requería una reforma constitucional para poder habilitarlo como mecanismo. Además, señaló que “simultaneamente a su existencia, funciona el Congreso y se inicia un conflicto de competencia que no se ha resuelto de forma pacífica en la experiencia sudamericana”.

El anuncio más importante

Por su parte, el Director del Departamento de Derecho Privado de nuestro Plantel, abogado Claudio Herrera, destacó las palabras del Presidente Piñera acerca de los cambios constitucionales: “desde luego son el anuncio más importante que ha hecho el gobierno en cuanto a cambio constitucional”, aclaró.

“Es bastante evidente que esto se debió a las movilizaciones sociales, porque en su programa de Gobierno no estaba planteado abrirse a una discusión ni siquiera de reformas. Es legítimo que fuera así, pero desde el 18 de octubre, el Ejecutivo ha ido comprendiendo que no puede quedar impávido y que los programas tienen que ser permeables, sobre todo a estas demandas tan masivas, por cambios constitucionales", abundó Herrera.

También remarcó que ahora el Gobierno no solo hable de una reforma, sino de una nueva Constitución. Acerca de las opciones para lograr este cambio, el abogado Herrera consideró que la Asamblea Constituyente es la alternativa más clara en términos de metodología de trabajo y participación ciudadana.

“Ocurre que en nuestro sistema republicano, existe un poder constituyente derivado: el Congreso y el Presidente de la República. Eso hoy está muy puesto en duda por la ciudadanía, pues desea que las reformas acojan de alguna manera el sentir ciudadano. En esa perspectiva viene la propuesta del mismo legislativo para realizar un plebiscito previo para preguntarle al votante si quiere o no nueva Constitución. Es bastante cierta la posibilidad de tener un plebiscito de entrada”, estimó.

Para el abogado Herrera, el problema con el Congreso Constituyente es que solo se entiende que es la institucionalidad con los parlamentarios, más un plebiscito ratificatorio. “El Congreso Constituyente tiene el problema de la falta de representatividad y que se demora aproximadamente dos años. Además, el Congreso Nacional, paralelamente, sigue funcionando”, comentó.

Reconoció que poco se sabe de cómo se llevaría adelante una Convención Constituyente. “La Asamblea es más clara, en términos de metodología de trabajo”.

De todas formas, consideró que el hecho que el Gobierno se haya abierto a la discusión constitucional es un gran paso para que se terminen las movilizaciones. “Es una señal muy potente. Personalmente, no creo que debiera ocurrir la salida del Presidente Piñera, porque sería una derrota para el sistema democrático. Tiene una inmensa tarea por hacer en este tiempo que le queda”, dijo.

“Son los representantes quienes deben conducir las demandas de la calle. El Congreso Nacional debe generar las mayorías para concretar así los cambios”, finalizó el académico de nuestra Universidad.

Autor: 
Pablo Douzet/José Flores
Fotografía: 
Internet