La Corte de Apelaciones de San Miguel suspendió indefinidamente la administración de la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano en cuatro estudiantes de educación básica. La instancia judicial acogió un recurso de protección con orden de no innovar presentado por los apoderados de estas niñas, replicando así el criterio utilizado a principios de mes por su símil de Talca, impidiendo la inoculación hasta que se informe sobre “las ventajas y desventajas o posibles efectos adversos de la vacuna contra el VPH”, como solicitan los recurrentes. En Arica y Chillán, también se acogieron recursos contra esta campaña que busca inmunizar a 450 mil mujeres de cuarto y octavo básico, a fin de protegerlas contra el cáncer cervicouterino.
Al respecto, el especialista en salud pública de nuestra Universidad, Dr. Mauricio Osorio, sostiene que “una parte fundamental en esto es cómo están redactados los recursos, no necesariamente con rigor netamente técnico. En esa lógica, uno siempre esperaría que en los temas técnicos y sanitarios, quien tenga que pronunciarse sea la autoridad competente y no los tribunales”.
El Director de la Escuela de Medicina reconoce que “desafortunadamente, los tribunales se tienen que pronunciar porque alguien los hace pronunciarse. En este caso, efectivamente, las personas están en su derecho a hacer este tipo de requerimientos, pero uno desearía que esa consulta sea en base a evidencia que realmente la pueda sustentar”.
“El tema es que uno puede encontrar información en cualquier parte. Uno podría tratar de concluir y adoptar una postura a partir de esa información, pero no es el mejor lugar para obtener la información y tomar una decisión tan trascendente como esta”, señala.
Ante la judicialización de la vacuna, el Dr. Osorio advierte que “si esto va en esa lógica, habrá que acudir al tribunal que venga después en jerarquía porque, obviamente, siempre quedan recursos desde el punto de vista jurídico para utilizar en este tipo de situaciones”.
“Pareciera ser que a un grupo de la ciudadanía se le ha olvidado el aporte que han hecho las vacunas en los últimos 60 años. Hoy nadie dudaría de que hay que vacunar contra el sarampión, contra la poliomielitis o contra una serie de enfermedades bastante específicas en las cuales está absolutamente demostrado el beneficio a la salud pública”, afirma.
Frente a la parte del recurso acogido recientemente, que solicita informar las desventajas de la inoculación, el experto afirma que “generar un grado de alarma, mencionando alguna de estas supuestas reacciones que podrían asociarse a la vacuna, sabiendo que no hay evidencia, sería una irresponsabilidad”, enfatiza.
El académico reconoce que muchas de las dudas se producen porque “esta es una vacuna relativamente reciente dentro del programa de inmunizaciones, pero obviamente que son políticas de Estado. Justamente, la salud pública lo que hace es, con la evidencia existente, tratar de ofrecerle lo mejor a las personas, y por el momento no hay evidencia que se asocie a los supuestos problemas a los que se le ha mencionado”.
El especialista resalta el efecto que provoca la vacuna contra el cáncer cervicouterino e insiste en que no se ha comprobado aun evidencia sobre supuestos resultados graves para la salud causados por la inoculación. “No hay registro de efectos adversos graves calificados causados por esta vacuna y, por lo tanto, no hay evidencia científica que asocie la vacuna con estos problemas con los que se le intenta asociar. No hay evidencia que asocie a la vacuna a estos problemas que supuestamente son serios o graves”, sentencia.