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Advierten complejidad de declaraciones del Presidente Piñera sobre dieta parlamentaria

Advierten complejidad de declaraciones del Presidente Piñera sobre dieta parlamentaria

“Yo pienso que las dietas parlamentarias en Chile, igual que los sueldos en muchos otros sectores y empresas públicas, son demasiados altos para las necesidades y urgencias que tiene el país. Por lo tanto, yo pienso que todos tenemos que apretarnos el cinturón”. Estas fueron las palabras del Presidente Sebastián Piñera en entrevista con radios de Tarapacá.

Para la analista política y académica de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Santiago, Dra. Lucía Dammert, las declaraciones del Mandatario lo ponen en sintonía con la ciudadanía, dada la mala opinión pública sobre los salarios que perciben los parlamentarios. Sin embargo, señala que lo dejarán en una situación complicada con su sector, dada la opinión desfavorable del oficialismo sobre la materia.

“El Presidente no se resta de la discusión, pero se incluye de una forma que pone en jaque a su propia coalición, debido a lo que estaban diciendo personeros del sector en torno a la temática”, afirma.

La doctora en ciencia política considera que los dichos de Piñera abren una importante posibilidad para abordar el tema y ampliarlo a más personeros de la administración pública, como los ministros, por ejemplo. Sin embargo, estima que, de momento, esto solo puede ser leído como “una salida de libreto del Presidente”.

“Muchos de los representantes de sus bancadas no han sido favorables a discutir este tema y hoy los toma por sorpresa una declaración presidencial que, obviamente, generará dos caminos: una rebelión de sus congresistas, con lo cual se hablará del desorden del Gobierno, o la posibilidad de hacer cambios en el tema salarial, pero con bemoles, lo que terminaría poniendo el foco en la letra chica”, explica.

Finalmente, y aunque reconoce que las declaraciones se insertan en un momento político “líquido”, donde los temas se instalan, se discuten y se desechan en poco tiempo (“hace un par de semanas, estábamos hablando de la autonomía de las policías”, ejemplifica), sostiene que las palabras de Piñera en su calidad de Jefe de Estado debieran significar un mayor compromiso con esta materia.

“Si el Presidente dice que está de acuerdo en rebajar las dietas de los parlamentarios, uno esperaría acciones políticas. Se instala en una compleja encrucijada, porque después de eso tiene que hacer algo. De lo contrario, se leerá como que su propio sector le dobló la mano”, concluye.

Experto se suma a las críticas hacia Piñera por nombrar a un hermano como embajador

Experto se suma a las críticas hacia Piñera por nombrar a un hermano como embajador

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, había designado a su hermano, Pablo Piñera, como embajador en Argentina. “Más allá de las cosas pequeñas de la política, yo quiero decirles a mis compatriotas: en esto no ha habido ningún acto de nepotismo”, sostuvo el Mandatario con el objetivo de defender su nombramiento y enfrentar las críticas surgidas desde la oposición. “Yo no he nombrado a Pablo Piñera embajador por ser mi hermano, lo he nombrado porque estoy convencido de que reúne todos los requisitos”, insistió. Pese a ello, el Jefe de Estado decidió retrasar su nombramiento oficial, a la espera de que Contraloría se pronuncie respecto a los requerimientos presentados por el PC y el PS.

Sin embargo, el abogado especialista en derecho administrativo y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Chile, Francisco Zambrano, cuestiona el eventual nombramiento del Mandatario, ya que si bien la ley no prohíbe expresamente que los Jefes de Estado nombren familiares en cargos públicos -solo se lo impediría a los Jefes de Servicio-, tampoco entrega facultades para que los Mandatarios incurran en conductas que la ley impide. Según el artículo 56 de la Ley de Bases Generales de Administración del Estado, no pueden ingresar a cargos en la administración del Estado parientes hasta el tercer grado de consanguinidad respecto de autoridades y funcionarios directivos.

En ese sentido, Zambrano insiste en que mientras más alta la autoridad, mayor debe ser su exigencia ética y su conducta “modélica” –es decir, imitable para el resto de los miembros de su administración-, dando cumplimiento al artículo 8° de la Constitución, que señala que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, principio definido por el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado como consistente “en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”. Por lo tanto, a su juicio, el eventual nombramiento de Piñera estaría reñido con la Constitución.

“Su acción es contra intuitiva con el concepto de probidad. El Presidente no puede escudarse en que la ley no lo prohíbe sino, por el contrario, debe actuar en función del principio de probidad, de actuar intachable y ético”, subraya.  De acuerdo a Zambrano, “el mensaje que está entregando el Presidente de la República a los Jefes de Servicio o demás integrantes de la administración es muy equívoco, porque un Jefe de servicio no puede designar, por muy experto o profesional que sea, a un familiar en un cargo de confianza, no obstante el Presidente de la República sí lo hace”. En otras palabras, “si la conducta del Presidente de la República la practicara un Jefe de Servicio, dicha actuación sería contraria a la Constitución y la ley”, enfatiza.

Finalmente, aunque el especialista reconoce que el nombramiento puede apuntar a generar una relación más cercana con el país trasandino, señala que “a la Presidencia de la República no se va a hacer amigos”.  “La ley no lo prohíbe, pero el principio apunta mucho más allá que a cumplir una ley. Requiere una conducta más proactiva respecto de la exigencia ética y moral del caso, ya que la norma no puede ponerse en todos los casos de perversidad de la acción humana. En ese sentido se promulgó el principio de probidad como principio y no como norma estricta, porque la idea es cumplir más de lo que la ley literalmente dice”, concluye.

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