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Embajador de Chile en Japón dicta seminario sobre energías limpias y la relación estratégica entre ambos países

Embajador de Chile en Japón dicta seminario sobre energías limpias y la relación estratégica entre ambos países

El pasado miércoles 29 de mayo, el Departamento de Administración de la Facultad de Administración y Economía llevó a cabo el Seminario Alumni de Ingeniería Comercial en Administración de Empresas, titulado "Impulsando el Futuro: El Potencial de las Energías Limpias en la Relación Chile-Japón". Este evento se realizó de manera online y contó con la participación del embajador de Chile en Japón, Ricardo Rojas.

El seminario fue una oportunidad para las y los estudiantes, así como para la comunidad académica en general, de explorar y debatir sobre los desafíos y oportunidades en la cooperación bilateral entre Chile y Japón para alcanzar la neutralidad de carbono. Durante su intervención, el embajador Rojas abordó cómo Japón puede ser un socio estratégico para Chile en el desarrollo de energías renovables, subrayando la importancia de esta colaboración para acelerar el camino hacia la neutralidad de carbono.

El embajador Ricardo Rojas, quien es ingeniero comercial por la Universidad de Santiago de Chile y graduado de la Academia Diplomática Andrés Bello, compartió su amplia experiencia diplomática y su perspectiva sobre el rol crucial que desempeñan las energías renovables en el futuro de las relaciones bilaterales entre ambos países. Además, destacó cómo la cooperación tecnológica y la transferencia de conocimiento en áreas como la energía solar, eólica y el hidrógeno verde pueden fortalecer la industria energética chilena y contribuir significativamente a los objetivos ambientales del país.

Las relaciones bilaterales entre Chile y Japón, que se remontan a más de 120 años y abarcan aspectos económicos, políticos y de cooperación técnica. El país asiático es el cuarto principal socio comercial de nuestro territorio, y ambos han firmado importantes convenios, como el Acuerdo de Asociación Económica en 2007 y el reciente Acuerdo de Cooperación para la Transición Energética en abril de 2023. Este último, firmado por el ministro de Energía de Chile, Diego Pardow, y el ministro de Estado de Economía, Comercio e Industria de Japón, Shinichi Nakatani, busca promover el desarrollo de energías limpias y sostenibles, la eficiencia energética y la descarbonización de la matriz energética de Chile.

Durante el seminario, Ricardo Rojas mencionó que Japón es uno de los socios comerciales más importantes de Chile, con exportaciones chilenas al país asiático que alcanzan los 7.000 millones de dólares. Los principales productos exportados incluyen cobre, molibdeno y productos pesqueros. Además, destacó la confiabilidad que Japón ve en Chile como proveedor, lo cual se refleja en la significativa inversión en sectores clave como la minería, la acuicultura y la infraestructura.

El embajador también explicó el contexto del pacto de 2023, que se enmarca en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Acuerdo de París de 2015. Este convenio establece metas ambiciosas para la reducción de gases de efecto invernadero y la transición hacia energías limpias. En este sentido, Rojas destacó el papel del hidrógeno verde y el amoníaco verde como combustibles del futuro, producidos a partir de energías renovables como la solar, eólica y geotérmica.

El seminario permitió a las y los participantes conocer de cerca los avances en la relación bilateral entre Chile y Japón, especialmente en el ámbito de la cooperación técnica y científica. Se resaltó la importancia de la tecnología japonesa en energías renovables y el potencial de los recursos naturales chilenos para impulsar el desarrollo sostenible y la descarbonización de la matriz energética.

Te invitamos a revisar la charla completa a continuación:

Experto se suma a las críticas hacia Piñera por nombrar a un hermano como embajador

Experto se suma a las críticas hacia Piñera por nombrar a un hermano como embajador

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, había designado a su hermano, Pablo Piñera, como embajador en Argentina. “Más allá de las cosas pequeñas de la política, yo quiero decirles a mis compatriotas: en esto no ha habido ningún acto de nepotismo”, sostuvo el Mandatario con el objetivo de defender su nombramiento y enfrentar las críticas surgidas desde la oposición. “Yo no he nombrado a Pablo Piñera embajador por ser mi hermano, lo he nombrado porque estoy convencido de que reúne todos los requisitos”, insistió. Pese a ello, el Jefe de Estado decidió retrasar su nombramiento oficial, a la espera de que Contraloría se pronuncie respecto a los requerimientos presentados por el PC y el PS.

Sin embargo, el abogado especialista en derecho administrativo y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Chile, Francisco Zambrano, cuestiona el eventual nombramiento del Mandatario, ya que si bien la ley no prohíbe expresamente que los Jefes de Estado nombren familiares en cargos públicos -solo se lo impediría a los Jefes de Servicio-, tampoco entrega facultades para que los Mandatarios incurran en conductas que la ley impide. Según el artículo 56 de la Ley de Bases Generales de Administración del Estado, no pueden ingresar a cargos en la administración del Estado parientes hasta el tercer grado de consanguinidad respecto de autoridades y funcionarios directivos.

En ese sentido, Zambrano insiste en que mientras más alta la autoridad, mayor debe ser su exigencia ética y su conducta “modélica” –es decir, imitable para el resto de los miembros de su administración-, dando cumplimiento al artículo 8° de la Constitución, que señala que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, principio definido por el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado como consistente “en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”. Por lo tanto, a su juicio, el eventual nombramiento de Piñera estaría reñido con la Constitución.

“Su acción es contra intuitiva con el concepto de probidad. El Presidente no puede escudarse en que la ley no lo prohíbe sino, por el contrario, debe actuar en función del principio de probidad, de actuar intachable y ético”, subraya.  De acuerdo a Zambrano, “el mensaje que está entregando el Presidente de la República a los Jefes de Servicio o demás integrantes de la administración es muy equívoco, porque un Jefe de servicio no puede designar, por muy experto o profesional que sea, a un familiar en un cargo de confianza, no obstante el Presidente de la República sí lo hace”. En otras palabras, “si la conducta del Presidente de la República la practicara un Jefe de Servicio, dicha actuación sería contraria a la Constitución y la ley”, enfatiza.

Finalmente, aunque el especialista reconoce que el nombramiento puede apuntar a generar una relación más cercana con el país trasandino, señala que “a la Presidencia de la República no se va a hacer amigos”.  “La ley no lo prohíbe, pero el principio apunta mucho más allá que a cumplir una ley. Requiere una conducta más proactiva respecto de la exigencia ética y moral del caso, ya que la norma no puede ponerse en todos los casos de perversidad de la acción humana. En ese sentido se promulgó el principio de probidad como principio y no como norma estricta, porque la idea es cumplir más de lo que la ley literalmente dice”, concluye.

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