En una época de constantes cuestionamientos al rol del Estado y de sus agentes en el correcto desempeño de la función pública, la Universidad de Santiago de Chile estableció mediante la Resolución Exenta N° 587 de 2021 el Código de Ética Institucional, que reúne las disposiciones legales y reglamentarias por las cuales se rigen las/os integrantes de nuestra comunidad universitaria en cuanto a sus derechos y deberes, principios y normas jurídicas, transformándose en una herramienta útil para lo comprensión del conjunto de normativas.
El documento se guía por el valor trascendental de la persona humana, el respeto a su dignidad. Con esta orientación, las pautas de conducta se orientan a todas/os las/os que integran nuestra Institución, lo que genera un alto estándar de calidad en las labores funcionarias permitiendo un diálogo cordial, tolerante, pluralista e inclusivo, que fomenta la libertad de pensamiento, la cooperación mutua y la responsabilidad social en todos los ámbitos del quehacer universitario.
Nuestra Universidad no está obligada a contar con un Código de Ética o modelo de prevención del delito, puesto que se trata de una institución pública no regida por la Ley N° 20.393, estando regidos sus funcionarias/os por leyes de la República publicadas en el Diario Oficial. En ese sentido el “cumplir con estos cánones de buena conducta aseguran un óptimo quehacer, bajo parámetros de responsabilidad, integridad y honestidad a la altura de lo que significa ser una Institución Pública de Educación Superior Chilena”, asegura en la presentación del documento el Rector del Plantel, Dr. Juan Manuel Zolezzi Cid.
Por su parte, el Secretario General de la Usach, Gustavo Robles Labarca, sostuvo que el agrupar en un solo documento estos preceptos “resulta útil para fines didácticos y facilita una mejor comprensión de los mismos, permitiendo un adecuado ejercicio de tales derechos y el cumplimiento de los deberes correlativos”.
Además, resulta relevante que nuestra comunidad conozca este documento, “por cuanto dicho texto contiene un gran marco jurídico y valórico que debe iluminar la actividad universitaria en sus diferentes ámbitos, a saber, los principios constitucionales aplicables a la función pública y normas que regulan el desempeño de las/os funcionarias/os de la Universidad en su calidad de trabajadoras/es del Estado”, agregó el abogado.
Mientras que para la Contralora Universitaria (S), Carolina Pincheira Sepúlveda, el texto va en línea con los altos estándares que ha impuesto Contraloría General de la República en el desarrollo de procesos de la Corporación, entre los que se encuentran “la implementación de un sistema de riesgos y oportunidades institucionales; el desarrollo de un modelo de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios, respecto de los cuales nos encontramos trabajando activamente mediante diversas iniciativas en conjunto con Prorrectoría, Secretaría General y Dirección Jurídica. En esa dirección, se encuentra el Código de Ética y la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad (…) de los que se espera sean un aporte y tengan una alta acogida en toda la Comunidad”, remarcó.
Prontamente se realizará un webinar con el fin de socializar este documento y acercar sus principales directrices a toda la comunidad universitaria. Para revisar el Código de Ética Institucional de la Universidad de Santiago AQUÍ